El jueves, con 97 votos a favor, el pleno del Congreso aprobó un nuevo retiro facultativo de los fondos de pensiones de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), marcando el séptimo retiro aprobado desde 2020. En esta ocasión, los beneficiarios podrán retirar un límite de 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que equivale a S/20.600, según el texto sustitutorio del dictamen.
La norma será remitida al Ejecutivo, que puede decidir promulgarla, observarla o no pronunciarse en los próximos 15 días. El Banco Central de Reserva (BCRP) expresó su oposición a la iniciativa, ya que, según su presidente, Julio Velarde, la salida de millones de soles de estos fondos privados «puede aumentar el riesgo crediticio del país».
Economistas y expertos mantienen posturas divergentes al respecto. Desde el inicio de la pandemia, el Parlamento ha aprobado una serie de retiros parciales de los fondos privados administrados por las AFP para mitigar el impacto económico en los trabajadores.
A nivel latinoamericano, la medida ha sido implementada por Chile, Colombia, México, Argentina y Bolivia, cada uno con particularidades específicas.
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¿Cuál es el procedimiento para solicitar el retiro de las 4 UIT?
Según el diputado José Luna Gálvez (Podemos), autor del proyecto, una vez que la norma sea promulgada, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP tendría un plazo de 15 días calendario para publicar el reglamento que establezca el procedimiento operativo, un documento que servirá como guía para cumplir con la disposición.
Desde ese instante, los afiliados podrían presentar sus solicitudes de retiro de forma presencial o virtual en un plazo de noventa días calendario posteriores a la publicación y entrada en vigor del reglamento de la ley. «Se abonará hasta una UIT cada treinta días calendario, siendo el primer desembolso realizado a los treinta días de presentada la solicitud ante la AFP correspondiente al afiliado», explicó.
Cuando se publique el procedimiento operativo, se proporcionarán los requisitos, el calendario para presentar solicitudes y los procedimientos correspondientes. Por el momento, las entidades financieras sugieren mantener actualizada la siguiente información:
- Nombre, documento de identidad, teléfono y correo del afiliado.
- Contraseña web de la cuenta bancaria.
- Número de cuenta en una entidad financiera a nombre del beneficiario (no mancomunada).
El retiro de los fondos de pensiones es gratuito y se realiza de manera virtual. Si una persona decide acceder, deberá firmar lo siguiente:
- Una constancia de Estimaciones de Opciones de Retiro y/o Pensión.
- Un formato de Decisión de Opción de Retiro y/o Pensión.
Una vez entregados ambos documentos, y concluido el proceso, el dinero de los aportes estará disponible en un plazo de tres días.
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¿Cómo saber cuánto dinero hay en un fondo de pensiones?
Cada AFP a nivel nacional posee un registro total de todos los aportes, que puede ser visualizado en la página web o aplicación de las entidades.
♦ AFP Integra en este link: www.afpintegra.pe/iniciar-sesion.
♦ Prima AFP en este link: http://www.prima.com.pe/wcm/portal/PrimaAFP/inicio. Coloca en la sección “Mi cuenta” el número de tu DNI y contraseña.
♦ AFP Hábitat en este link: www.afphabitat.com.pe/mi-cuenta.
♦ Profuturo AFP en este link: https://enlinea.profuturo.com.pe/zonaprivada/login
Posibles fechas para cada una de las siguientes etapas
Jorge Carrillo, experto en finanzas de Pacífico Business School, describió el escenario que se desarrollaría a raíz de la reciente decisión parlamentaria.
- Posible observación de la autógrafa de ley por parte del Ejecutivo: 06/05/24 (15 días hábiles)
- Aprobación por insistencia de la ley por parte del pleno del Congreso: 09/05/24
- Promulgación de la ley en el diario oficial El Peruano: 10/05/24
- Publicación del procedimiento operativo por parte de la SBS: 25/05/24 (15 días calendario).
- Inicio de vigencia del procedimiento operativo (inicio de las solicitudes de retiro): 03/06/24.
Dadas las circunstancias mencionadas, los retiros efectivos se llevarían a cabo en las siguientes fechas:
- Inicio del primer retiro (hasta 1 UIT): 03/07/24 (30 días calendario después de la solicitud).
- Inicio del segundo retiro (hasta 1 UIT): 02/08/24 (30 días calendario después del primer retiro).
- Inicio del tercer retiro (hasta 1 UIT): 01/09/24 (30 días calendario después del segundo retiro).
- Inicio del cuarto retiro (hasta 1 UIT): 01/10/24 (30 días calendario después del tercer retiro).
Además, el plazo para solicitar los retiros vencería el 1 de septiembre del 2024, a los 90 días del inicio de vigencia del procedimiento operativo.