El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ha decidido imponer una sanción significativa a la empresa Telefónica del Perú, conocida comercialmente como Movistar, lo que ha generado un gran revuelo en el ámbito de las telecomunicaciones en el país. La multa asciende a más de 2 millones de soles y responde a dos faltas cometidas por la operadora, una de las cuales ha sido calificada como muy grave y la otra como leve por parte del organismo regulador.
La resolución que comunica esta decisión es la 00024-2024-TA/Osiptel, la cual fue publicada recientemente en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. En la misma, se detalla que Movistar ha presentado una solicitud para la anulación de dicha resolución, argumentando que las infracciones administrativas en cuestión ya habrían prescrito, lo que añade un componente de controversia a este asunto.
Respecto a la sanción impuesta, se destaca que la multa leve se sitúa en 47 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que al tipo de cambio actual corresponde a S/242.050. Esta cantidad se debe a que la empresa excedió el límite de intentos permitidos para realizar consultas de verificación biométrica por un usuario al momento de contratar un servicio móvil. Este tipo de infracción afecta directamente la seguridad y la experiencia del cliente, ya que la verificación biométrica es un procedimiento diseñado para proteger la identidad del usuario.
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Por otro lado, la infracción considerada de carácter muy grave se traduce en una multa de 350 UIT, equivalente a S/1 millón 802.500. Esta falta corresponde a la omisión de enviar un mensaje de texto inmediato a todos los servicios móviles asociados al cliente tras la activación de un servicio, así como la falta de envío de un correo electrónico a la dirección registrada por el abonado en caso de reposición de la tarjeta SIM. Estas acciones son fundamentales para mantener el flujo de información y garantizar la transparencia con los usuarios.
Conforme a las normativas establecidas en el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, las empresas tienen la obligación de facilitar un nuevo chip a un cliente que reporta la pérdida o robo de su dispositivo, siempre bajo un proceso de verificación de identidad que incluye consulta biométrica.
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Movistar ha manifestado su postura ante estas sanciones al solicitar que se reconsideren, basándose en su interpretación de la normativa relacionada con los plazos de prescripción. Sin embargo, Osiptel ha clarificado que las infracciones tienen plazos de prescripción distintos, dependiendo de la gravedad de las faltas cometidas. Así las cosas, el ente regulador señala que aún se encuentran dentro de este marco legal los procedimientos iniciados para ambas infracciones. La resolución de este asunto será esperada con gran interés tanto por los consumidores como por la misma operadora.