La Corte de Apelaciones de Arica emitió un fallo determinante a favor de A.R.T.A., cliente de BancoEstado, ordenando que la entidad financiera reembolse los fondos sustraídos de su Cuenta RUT tras la clonación de su tarjeta. Este veredicto se produjo como resultado de un recurso de protección presentado por la afectada y fue respaldado de forma unánime por la Primera Sala del tribunal, compuesta por los ministros Marco Antonio Flores Leyton, Juana Ríos Meza y la abogada integrante Sandra Negretti Castro.
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El fallo destacó la relevancia de la Ley N°21.234, diseñada para proteger a los usuarios de servicios financieros frente a fraudes electrónicos, y señaló que BancoEstado no cumplió con las obligaciones establecidas por esta ley. La entidad bancaria no demostró haber abonado hasta 35 UF ni investigado la posible existencia de dolo o culpa grave por parte de la cliente, como exige la normativa.
La actuación del banco fue calificada como arbitraria e ilegal por el tribunal, ya que ignoró los reclamos de la afectada, quien reportó inmediatamente la clonación de su tarjeta y negó haber autorizado las transacciones cuestionadas. A pesar de seguir los procedimientos recomendados e incluso notificar al Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), BancoEstado se negó inicialmente a devolver los fondos sustraídos, argumentando que las transacciones habían sido consentidas por la cliente.
La sentencia judicial obliga a BancoEstado a reembolsar a A.R.T.A. la cantidad sustraída, hasta el límite de 35 UF, en un plazo de cinco días hábiles una vez que la sentencia quede ejecutoriada. Sin embargo, todas las partes involucradas tienen derecho a utilizar los recursos procesales disponibles debido a la naturaleza del proceso judicial.
Los fraudes se llevaron a cabo a través de CajaVecina, según el recurso de protección presentado por la cliente. Esta descubrió la disminución de su saldo en la aplicación de BancoEstado el 13 de noviembre del año pasado, observando múltiples giros de dinero por CajaVecina registrados en su cartola electrónica. A pesar de denunciar inmediatamente el incidente y bloquear todas sus tarjetas, la entidad bancaria inicialmente se mostró renuente a acoger su solicitud.
La cliente también hizo frente al desafío de obtener una respuesta satisfactoria por parte del SERNAC. De acuerdo con su testimonio, los hechos constituyeron una violación a la seguridad cibernética del banco y no reflejan ninguna negligencia por parte de ella como titular de la Cuenta RUT.
En conclusión, la resolución de la Corte de Apelaciones de Arica marca un precedente importante en la protección de los derechos de los usuarios bancarios y refuerza la importancia de la legislación vigente en la prevención de fraudes electrónicos. El fallo destaca la responsabilidad de las entidades financieras en la protección de los fondos de sus clientes y la necesidad de una respuesta diligente y efectiva ante situaciones de clonación de tarjetas y fraudes cibernéticos.
Fuente: chocale.cl
Autor: Maximiliano Valdés